BASES DE LA CONVOCATORIA DE LA CAMPAÑA PROMOCIONAL PARA EL FOMENTO DEL CONSUMO Y DINAMIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL MINORISTA EN EL ENTORNO RURAL“CONNECTA COMERCIO RURAL”.
Las presentes bases tienen por objeto establecer las líneas de desarrollo de las empresas, usuarios y entidades participantes en el programa «CONNECTA COMERCIO RURAL» que liderado por la Diputación de Valencia, se desarrolla en colaboración con la la entidad que colabore con la Diputación de Valencia en el desarrollo del programa, y busca incentivar la adquisición de bienes de consumo y determinados servicios como medio para fortalecer el comercio minorista, sector de la restauración, hostelería y ocio realizado en establecimientos abiertos al público por autónomos, microempresas y pequeñas empresas.
Los objetivos que se pretenden conseguir con el programa «CONNECTA COMERCIO RURAL» son:
– Dinamizar la actividad comercial en las poblaciones en los que se desarrolle el programa.
– Fomentar el consumo en establecimientos de proximidad dedicados al comercio minorista, sector de la restauración, hostelería y ocio, de los entornos rurales de la provincia de Valencia para impulsar en el mantenimiento de estas actividades empresariales con gran impacto para la calidad de vida en las poblaciones de menor dimensión.
– Mejorar el fondo de maniobra de los comercios y establecimientos como condición necesaria para permitirles abordar proyectos o acciones de mejora de la competitividad.
En el marco del artículo 36.1.d de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local que atribuye a las Diputaciones Provinciales como competencia propia, entre otras, la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social en el territorio provincial, la Diputación de Valencia ha impulsado el proyecto “«CONNECTA COMERCIO RURAL»” que tiene como objetivo la estimulación y la revitalización del tejido económico y la consolidación del negocio local de las poblaciones de la provincia de Valencia. Dicho proyecto se basa en la implementación de una App en los móviles, tanto de los usuarios como de los negocios adheridos- que permitirá gestionar la cartera digital y realizar pagos con una nueva moneda digital (“token u otro nombre comercial que podrá variar en función de la campaña”) en los comercios locales en función de los consumos de los ciudadanos.
Por su parte, la entidad que colabore con la Diputación de Valencia en el desarrollo del programa, es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, en virtud de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, y la Ley 3/2015 de 2 de abril, de la Generalitat, que tiene encomendadas, entre otras, las funciones de representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación de los servicios a las empresas que ejercen las citadas actividades.
PRIMERA.- Objeto
Es por ello que en el marco del programa «CONNECTA COMERCIO RURAL» se suscribe un convenio de colaboración entre ambas entidades, para intensificar la actividad económica en las comarcas valencianas del Rincón de Ademuz y La Serranía mediante la promoción del consumo a través del fomento del comercio de proximidad, con el fin de paliar, en parte, las consecuencias de la coyuntura económica y la despoblación en dichos sectores. Este estímulo será impulsado a través de la disposición de 30.000€ de aportación a la campaña de dinamización, a la cual habrá que detraer los costes de gestión y se podrán a disposición del ciudadano el importe restante con la paridad de 1 céntimo de € = 1 token para su consumo en el comercio de proximidad, los cuales podrán ser canjeados en compras según las condiciones de cada campaña que serán publicadas para el conocimiento de usuarios y comercios.
SEGUNDA.- Actividad subvencionable y ámbito de aplicación
Con la implementación de “CONNECTA COMERCIO RURAL” se va a apoyar la compra de bienes de consumo personal y familiar y otros servicios en los negocios locales de los sectores indicados en las presentes bases adheridos a la campaña, a través de la obtención de tokens generados mediante las compras en la red limitada de establecimientos adheridos a la campaña y que serán admitidos como medio de pago en dicha misma red limitada de establecimientos comerciales.
Los tokens generados en los comercios adheridos otorgarán a su portador/a el derecho a un descuento en euros que irá acumulándose y que podrá utilizar exclusivamente para la adquisición de bienes de consumo y otros servicios en la red de establecimientos adheridos a esta campaña.
En ningún caso se apoyará la adquisición de instrumentos de pago de plataformas de market place o cualquiera que suponga una compra no presencial del producto o servicio final en el establecimiento participante. El negocio que realice ventas de este tipo será directamente excluido de su participación en la campaña.
El ámbito de aplicación de estas Bases Reguladoras será el de los términos municipales de los municipios que conforman las comarcas del Rincón de Ademuz y La Serranía. Por tanto, podrán adherirse a la campaña todos los negocios locales que, cumpliendo las condiciones de participación en la campaña, se encuentren ubicados en referido ámbito de actuación.
TERCERA.- Beneficiarios/as.
Se considerarán beneficiarios de esta campaña todos los negocios de proximidad incluidos en los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que se relacionan y que se adhieran a la presente campaña a la plataforma de libre acceso así como las personas físicas mayores de 16 años en la fecha de inicio de la campaña que realicen sus compras y obtengan tokens en los comercios adheridos, sin más límite que los fijados, por los medios y cauces establecidos en las presentes bases reguladoras.
Con este fin, los consumidores podrán utilizar sus tokens para la adquisición física de bienes y servicios en los locales de negocio situados en el ámbito de aplicación de la campaña que se adhieran y que comercialicen los productos y servicios objeto de la convocatoria, siempre que se encuentren dados de alta en el siguiente listado de IAE en el momento de formalizar su adhesión:
-Agrupación 64:
Comercio al por menor de productos alimenticios realizado en establecimientos permanentes.
Se exceptúa:
Grupo 646 (comercio tabacos y artículos de fumador).
-Agrupación 65:
Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.
Se exceptúan:
Grupo 655 (Comercio de combustibles, carburantes y lubricantes).
o El epígrafe 652.1 (Farmacias).
-Agrupación 66.
Grupo 663. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).
-Agrupación 67.
Servicio de alimentación
-Agrupación 68.
Servicio de hospedaje
-Agrupación 69.
Reparaciones
Otros requisitos para tener la condición de negocio participante:
• Ser un autónomo, micro empresa o pequeña empresa conforme a las normas de la UE.
• El establecimiento en el que se realiza la compra estará ubicado en alguno de los municipios incluidos en el ámbito de aplicación de la iniciativa.
• Los establecimientos adheridos deberán presentar justificante de estar dado de alta (modelo 036 o 037) en IAE en el momento de la adhesión o cualquier otro documento que acredite su alta (como por ejemplo documento de pago o similar).
• En el caso de disponer de un establecimiento comercial, pondrá a la vista de los compradores la información relativa a la Campaña CONNECTA COMERCIO RURAL, que será facilitada por la Diputación de Valencia.
Las Asociaciones de Comerciantes/Empresas del ámbito de actuación de la iniciativa podrán fomentar de los negocios que cumplan las condiciones establecidas en la presente Base. Para ello deberán comunicar su propuesta de colaboración a Diputación de Valencia o la entidad que colabore con la Diputación de Valencia en el desarrollo del programa.
CUARTA. Gastos apoyables.
La campaña promocional se basa en la implementación de una App en los móviles, tanto de los usuarios como de los negocios adheridos, que va a permitir gestionar la cartera digital y realizar pagos con una nueva moneda digital (token) en los comercios locales en función de los consumos de los ciudadanos.
Los tokens podrán ser canjeados por cualquier ciudadano, para la adquisición de bienes de consumo y/o servicios de los establecimientos adheridos, acorde a lo indicado en la cláusula 3 de las presentes bases.
QUINTA. Ejecución de la actividad promocional.
Las condiciones y fechas de las actividades promocionales se informarán en la web connectacomercio.dival.es.
SEXTA. Proceso de adhesión del establecimiento en la campaña.
Los comercios de proximidad participantes en la campaña tendrán que inscribirse en un formulario previamente habilitado en la página web y app de comercios de la Campaña CONNECTA COMERCIO RURAL connectacomercio.dival.es y en el que deberán detallar los datos del establecimiento beneficiario, que serán los siguientes:
• Nombre y apellidos de la persona titular y datos de contacto (teléfono, email).
• DNI, número, foto de anverso y reverso
• Nombre Comercial.
• Descripción
• Razón social y CIF
• Dirección del establecimiento.
• Teléfono de contacto, email, redes sociales.
• Número de cuenta IBAN
• Aportación de certificado expedido por la Agencia Tributaria relativo al epígrafe del IAE comprendido entre las actividades indicadas en la Base Tercera, o documento que lo acredite.
• Actividad comercial
• Aceptación de las bases, como declaración responsable de cumplimiento de los requisitos establecidos para participar en la campaña.
• Logo/foto del negocio local.
• Aceptación de envío de comunicaciones y tratamiento de datos según normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
Una vez introducidos los datos, Diputación de Valencia a través de su adjudicatario, verificará la idoneidad del establecimiento para la participación en la campaña y en caso de cumplimiento de dichos requisitos se aceptará como beneficiario al establecimiento. En caso de que se deba subsanar alguno de los datos, recibirá un mail con la información necesaria para proceder a dicha subsanación, que deberá ser contestado por el establecimiento antes de los tres días desde su recepción.
Cada local de negocio que desee participar y que cumpla con los requisitos deberá realizar su inscripción en la campaña, independiente de la titularidad del mismo.
El listado de establecimientos adheridos estará expuesto en la página web de la campaña.
Todos los establecimientos estarán sujetos a la posibilidad de ser auditados.
SÉPTIMA.- Obligaciones del establecimiento adherido
El establecimiento adherido al programa “CONNECTA COMERCIO RURAL”, tras su validación, adquirirá las siguientes obligaciones:
a) la recepción y colocación de los materiales publicitarios en un lugar visible del establecimiento.
b) disponer de las herramientas tecnológicas necesarias para la adecuada prestación del servicio al cliente (elementos de telefonía móvil o similar con acceso a internet y Apps)
c) otorgar y aplicar los tokens de acuerdo a las condiciones de adquisición y utilización especificadas en estas bases, y en medios de comunicación usados por el proyecto, como la web connectacomercio.dival.es, sin perjuicio de la correspondiente fiscalización posterior de la entidad organizadora.
d) a registrar los tickets o recibos de las ventas y transmitirlos telemáticamente (a través de la aplicación “CONNECTA COMERCIO RURAL ”) a Diputación de Valencia para su posterior comprobación. Los recibos o tickets de las operaciones que generen o consuman tokens deberán ser identificados previamente a su registro (foto) bien de forma manual o automática. Se sugiere el uso de la palabra “connecta”.
e) a colaborar diligentemente con la entidad que colabore con la Diputación de Valencia en el desarrollo del programa para la verificación del funcionamiento del proceso y la campaña en general.
OCTAVA. Proceso de adquisición y canje de los TOKENS por la ciudadanía.
Los usuarios participarán en la campaña descargando en su móvil la App que permite registrar las comprar y acumular los tokens en función de los consumos que vaya realizando.
Los tokens podrán ser canjeados por cualquier ciudadano, para la adquisición de bienes de consumo y/o servicios de los establecimientos adheridos, acorde a lo indicado en la cláusula Sexta de las presentes bases. Para ello el usuario presentará el móvil o tarjeta de la campaña en el momento del pago.
Cualquier compra y/o consumo en los negocios participantes generará el ingreso de nuevos tokens en la cuenta del usuario que podrá ser destinado a descuentos de nuevas compras y/o consumos. La utilización del bono será compatible con cualquier tipo de descuento, oferta o rebaja disponible en el establecimiento comercial para el producto que se desea adquirir.
En ningún caso se apoyará la adquisición de instrumentos de pago de plataformas de market place o cualquiera que suponga una compra no presencial del producto o servicio final en el establecimiento participante. El negocio que realice ventas de este tipo será directamente excluido de su participación en la campaña y las operaciones realizadas serán anuladas.
En cada campaña, se podrán asignar un número máximo de token por compra. Así mismo, podrán existir límites de asignación por tiempo, comercio y y usuario.
Se podrán definir importes mínimos de transacción para la generación de tokens.
Todas estas condiciones serán publicadas en la web connectacomercio.dival.es
1. Devoluciones:
La política de devoluciones de los bienes comprados mediante tokens será la que cada establecimiento determine en cuanto a plazo y forma de la devolución. En ningún caso se devolverá en efectivo a los compradores el importe (parcial o total) pagado mediante tokens. Se aceptarán vales de devolución o similares.
2.- Los productos que se adquieran a través de la App “CONNECTA COMERCIO RURAL” podrán ser cambiados, si el establecimiento lo autoriza, por un producto de precio igual o superior (abonando la diferencia el cliente, pero en ningún caso se podrá solicitar la devolución del dinero. Por ello, el establecimiento deberá mostrar en lugar visible y accesible para el público, las condiciones de compra de la campaña promocional.
NOVENA.- Obligaciones de la Diputación de Valencia
1.- Diputación de Valencia, en su condición de entidad promotora en la gestión de la campaña, realizará las siguientes actuaciones:
a) La difusión del programa, tanto la general a través de su página web, de las redes sociales y principales medios de comunicación de ámbito local, como la individualizada a todos los comercios minoristas, con independencia de su asociación.
b) La información a los comercios interesados y la asistencia a los mismos para la formalización de la adhesión a la campaña o cualquier otra duda que pudiera surgir durante el desarrollo de la campaña
c) La captación activa de nuevos establecimientos mediante acciones promocionales ad-hoc
d) Verificación del cumplimiento de los requisitos de cada compra-venta bonificada, documentada en el bono y en una factura o ticket de compra. Diputación deValencia guardará en sus bases de datos informáticas el registro de las operaciones, así como una copia digital de los tickets, a los efectos de inspección y auditoría.
e) El importe bonificado será liquidado a cada comercio con periodicidad semanal o quincenal en función de la campaña.
DÉCIMA.- Distribución, venta de bonos y devoluciones
1. Los tokens serán asignados a los compradores a través de la app de usuario de Connecta Comercio Rural con un sistema de incentivos por operación según la fórmula siguiente:
S = P * T donde
P es el porcentaje fijo de descuento, aplicable para cualquier importe de compra a partir del mínimo A (Ej. entre 5% y 50%).
S es el saldo en tokens a añadir como consecuencia de la bonificación obtenida.
T es el importe de compra que figura en el tique.
Esta fórmula es válida siempre que las dinámicas se definan con una paridad 1 token, 1 céntimo de euro.
El sistema de generación de bonos de descuento a que hace referencia la fórmula anterior constituye una herramienta de incentivos a la compra de gran potencia y flexibilidad para la consecución de los objetivos a que se refieren estas bases. A tal efecto, los parámetros P y T podrán ser modificados para la mejor consecución de dichos objetivos por la entidad colaboradora en función de cuatro aspectos:
– la actividad económica del establecimiento o comercio
– la localización geográfica del establecimiento o comercio
– fecha de inicio y fin
– los días de la semana
De esta manera, el sistema ofrece la posibilidad de realizar campañas y promociones con un alto grado de segmentación y precisión.
Durante períodos específicos podrán efectuarse ajustes en las tablas de incentivos por operación para adecuar esta distribución a la demanda real, a fin de posibilitar que se generen/usen el mayor número de bonos. De igual modo podrán aplicarse ajustes en las mismas tablas en función del epígrafe del IAE para mejorar el incentivo en eventos extraordinarios o ferias de carácter sectorial (semana de la moda, semana de la tapa, etc.).
En todo caso, cualquier modificación que se efectúe sobre la fórmula reguladora de la generación de bonos requerirá la aprobación del órgano competente, en este caso la Diputación de Valencia.
No obstante lo anterior, y para cumplir con los principios de transparencia e información pública, los usuarios de la aplicación “CONNECTA COMERCIO RURAL” tendrán en todo momento acceso a los parámetros de generación de bonos tanto a través de la correspondiente pantalla informativa de la propia aplicación como de la web de la campaña promocional.
2. Los límites de campaña por comercio y por usuario, tanto para la generación de bonos como para el consumo de los mismos, estarán sometidos a la disponibilidad presupuestaria. Estos límites que pueden considerarse máximos en todos los casos, podrán adaptarse a la baja en función de las campañas en vigor en cada momento.
a) Para la generación de tokens:
-Por usuario:50* PRESUPUESTO CAMPAÑA/PÚBLICO OBJETIVO .
-Por operación: 200 (20.000 tokens)Euros.
-Por usuario en un mismo comercio: 200 (20.000 tokens)euros/campaña.
-Límite global: Se establece el límite global de generación de tokens del programa «Conecta Comercio Rural» según el presupuesto definido en la campaña
b) Para el consumo de tokens:
-Cada usuario no podrá consumir más de 200 (20.000 tokens)euros en una campaña.
UNDÉCIMA.- Vigencia de las ayudas y calendario de la campaña
1.- La validez de la App “CONNECTA COMERCIO RURAL” como medio de pago se limitará en exclusiva al ámbito territorial de las poblaciones objeto de actuación.
2.- La campaña “CONECTA COMERCIO RURAL” se inicia a todos los efectos al día siguiente de la publicación de las presentes bases y extenderá su aplicación hasta el 31 de DICIEMBRE de 2025.
3.- En todo caso, el órgano competente podrá modificar estas fechas si las circunstancias u otras razones organizativas así lo aconsejaran, dando adecuada publicidad de ello.
DUODÉCIMA.- Procedimiento de canje de los bonos recibidos por los comercios adheridos al programa
Los establecimientos participantes recibirán las liquidaciones de los bonos con periodicidad semanal o quincenal, que se definirá en cada campaña.
Para ello, cada venta en los comercios adheridos debe haber sido registrada en la app móvil o web “CONNECTA COMERCIO RURAL” que Diputación de Valencia pondrá a disposición de los comercios adheridos.
DECIMOTERCERA.- Inspección e incumplimientos. Régimen sancionador
La Diputación de Valencia, como responsable del programa, se reserva el derecho de realizar cuantas comprobaciones, inspecciones y demás medidas de control estime oportunas para velar por la correcta aplicación de los recursos públicos y para verificar el correcto desarrollo y aplicación de la presente campaña promocional.
En el supuesto de que se operase algún incumplimiento por parte de los establecimientos adheridos, la Diputación de València, podrá cancelar la adhesión de los mismos al programa “CONNECTA COMERCIO RURAL” y aplicar las medidas derivadas del incumplimiento, siendo como mínimo la devolución de los importes obtenidos a través de operaciones fraudulentas, más allá de las obligaciones legales que se pudieran derivar.
Los establecimientos adheridos se obligan a facilitar cuanta información sea requerida por la Diputación de València en el ejercicio de sus funciones de fiscalización del destino de los gastos de la campaña .